Dictamen 4217-2010
1. Esa Entidad se ha dirigido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Resolución Exenta N° 4486, de 11 de noviembre de 2009 de la COMPIN Subcomisión Ñuble, mediante el cual instruye autorizar la licencia medica N°27423939 otorgada a doña, por 22 días a contar de 1 de Octubre de 2009.
Requerida al efecto la referida COMPIN, envió los antecedentes solicitados.
2. Sobre el particular, el Departamento Médico de este organismo procedió a revisar los antecedentes del caso, concluyendo que está acreditada la incapacidad del señor Bustos durante el período cubierto por la licencia médica en cuestión.
3. En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia dictamina rechazar la reclamación de esa ISAPRE, manteniendo a firme lo resuelto por la COMPIN