Dictamen 2193-2010
1.- Esa Isapre se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando se deje sin efecto la Res. N° 13751, del 28 de octubre del 2009, mediante la cual la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Santiago Centro y Occidente procedió a la autorización de la licencia médica N° 24949171 extendida por un total de 15 días a contar del 24 de septiembre del 2009.
Requerida a tal efecto, la Subcomisión aludida procedió a enviar los antecedentes respectivos.
2.- Tras evaluar la documentación recopilada, el Departamento Médico de esta Superintendencia estimó como acreditada la enfermedad de la Sra., durante el período cubierto por la licencia médica en cuestión.
3.-- En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia dictamina rechazar la reclamación deducida por la Isapre , confirmando lo dispuesto en la Resolución N° 13751, de la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Santiago Centro y Occidente, en relación a la licencia médica ya individualizada
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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10/02/1999 | Dictamen 2193-1999 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley Nº 16.744 |