Dictamen 69243-2009
1.- Ud. se dirigió a esta Superintendencia, reclamando en contra de la resolución mediante la cual la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana rechazó sus licencias médicas N°s. 23540149 y 23800220, extendidas, por 20 y 30 días, respectivamente, ambas, a contar del 22 de abril de 2009, por falta de justificación médica.
Al respecto, señala que del 22 de mayo al 30 de junio de 2009 trabajará media jornada y del 1° de julio hasta la fecha trabajará jornada completa.
Adjunta antecedentes médicos y fotocopia de ambas licencias médicas, donde se consigna como causa de rechazo el reposo prologado no justificado.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia sometió el caso a su Departamento Médico el que, previo estudio de los antecedentes, concluyó que no se ha acreditado la incapacidad.
Por otra parte, cabe señalar que de la lectura de ambas licencias médicas se desprende que se encuentran superpuestas, por cuanto ambas prescriben reposo a contar del 22 de abril de 2009 (la N°23540149, por 20 días y la Nº23800220, por 30), respecto del mismo empleador, sin que Ud. explique tal circunstancia ni acredite haberla resuelto.
3.- En consecuencia, de acuerdo a lo antes expuesto y atendido que, de acuerdo a lo informado por el Departamento Médico de esta Superintendencia no se ha acreditado la existencia de incapacidad laboral que las justifique, se aprueba el rechazo de ambas licencias, por falta de justificación médica.
Por tanto, se rechaza su reclamo y aprueba lo resuelto por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana