Dictamen 33005-2009
Se remite a Ud. el Ordinario N° 21978, de 15 de mayo de 2008, de esta Superintendencia, el cual fue remitido originalmente al primer domicilio registrado en su expediente; esto es: San Felipe.
Sin perjuicio de lo anterior, se ratifica en todas sus partes el mencionado Ordinario, debiendo entenderse modificado solamente los datos relativos a su domicilio, atendido que conforme al nuevo estudio efectuado por el Departamento Médico a sus antecedentes se concluyó que la patología del lactante ya no correspondía a una enfermedad grave en niño menor de un año.
Por otra parte, y respecto de la licencia N° 18499967, esta Superintendencia estima que no se acreditó incapacidad laboral durante el período indicado en la misma, por lo que se mantienen a firme lo resuelto en el Ord. N° 70415, de 24 de noviembre de 2008.