Dictamen 18512-2009
1.- Ud. ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región del Bio-Bio, por el rechazo que efectuó de sus licencias médicas N°2-25879953, Tipo 1, diagnóstico "stress laboral depresión reactiva. Adicción tabaquismo" por 15 días de reposo a contar del 22 de diciembre de 2008 y N°2-25884537, por 15 días de reposo a contar del 06 de enero de 2009, ambas por falta de vínculo laboral, finiquitado el 30 de noviembre de 2008.
Expresa que con motivo de su enfermedad le otorgaron cuatro licencias médicas, de las cuales esa Comisión ordenó el pago de los subsidios por incapacidad laboral sólo respecto de dos, quedando pendientes los pagos de los subsidios provenientes de las otras dos licencias médicas.
Adjunta dos certificados médicos emitidos por el médico tratante, copia de última receta médica y fotocopia de licencia médica N°2-25879953, certificado de afiliación a Fonasa, copia de contrato de trabajo, entre otros.
2.- Requerida al efecto la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Concepción informó que las licencias médicas reclamadas por usted, N°s 2-2587953 y 25884537 fueron reconsideradas en su totalidad con fecha 17 de abril de 2009, en base a los nuevos antecedentes aportados por usted.
3.- Sobre el particular, cabe señalar que analizados los antecedentes tenidos a la vista, se aprueba lo informado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Concepción por ajustarse al procedimiento normativo vigente y se considera suficientemente atendida su presentación, en virtud de que las referidas licencias médicas han sido autorizadas