Dictamen 72784-2008
1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado, quien reclama por la reducción de 15 a 5 días de reposo de la licencia médica N° 23830603 y el rechazo de las licencias N°s. 24191848 y 24319561, por presentación fuera de plazo - una - y reposo injustificado - la otra. La licencia N°24191848 fue extendida el 4 de diciembre de 2007, a contar del día anterior y presentada el día 5 del mismo mes y año.
2.- Sobre el particular, este Organismo debe expresar que sometió el caso al estudio de su Departamento Médico, el que, de acuerdo a los antecedentes disponibles, ha determinado que las licencias referidas aparecen justificadas y el tratamiento es concordante con el cuadro que les dio origen al reposo y medidas dentro de lo esperado para la normal evolución. Asimismo, el retraso en el trámite de la licencia N° 24191848, obedeció a razones de fuerza mayor, atribuibles a las condiciones médicas que afectaban al recurrente en ese período.
3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia debe señalar que corresponde que esa Subcomisión modifique lo resuelto en el caso del interesado, y disponga que las licencias médicas N°s. 23830603, 24191848 y 24319561 sean autorizadas por todo el período por el cual fueron extendidas