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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 23176-2008

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Fecha: 04 de abril de 2008

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SUBCOMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ METROPOLITANA OCCIDENTE

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Ha recurrido a esta Superintendencia doña, reclamando en contra de la resolución de esa Subcomisión que rechazó su licencia médica N° 2- 220989749, Tipo 7 extendida por diagnóstico de "embarazo 25 semanas. Síntomas de Parto prematuro" por 15 días de reposo a contar del 10 de diciembre de 2007, por incumplimiento de reposo.
Señala que el día de la visita -11 de diciembre de 2007- se encontraba en control maternal y examen médico y que informaron que no se encontraba en su domicilio y que no dejaron un comprobante o documento en el cual se indicara la visita a su hogar.
Adjunta fotocopia de licencia médica, carnet maternal indicando su control médico, certificado médico, orden de examen emitida el 11 de diciembre de 2007.
2.- Requerida al efecto esa Subcomisión adjuntó Maestro de Licencia Médica que ha sido rechazada. De los antecedentes tenidos a la vista se pudo constatar que esa Subcomisión rechazo la licencia médica reclamada por incumplimiento de reposo, según visita domiciliaria N°1823 de 11 de diciembre de 2007, según consta de la Sección B del respectivo Formulario.
3.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que conforme a lo dispuesto por la letra a) del artículo 55 del D.S. Nº3, de 1984, del Ministerio de Salud, corresponderá el rechazo o la invalidación de una licencia médica ya concedida, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica; sin embargo, no se considerará incumplimiento la asistencia del trabajador a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia, situación que deberá ser acreditada.
En la especie, el día de la visita -11 de diciembre de 2007- la Sra. se ausentó de su domicilio, al asistir a control médico lo que se acredita con la solicitud de exámenes de Laboratorio del día 11 de diciembre de 2007 en la Corporación Municipal de Desarrollo Social.
4.- En consecuencia, esta Superintendencia acoge la reclamación de la peticionaria respecto de la licencia médica N°2-22098749, por 15 días de reposo a contar del 10 de diciembre de 2007, por cuanto su ausencia se encuentra justificada por el hecho de haber asistido a consulta médica. De lo obrado deberá comunicarse a la interesada y a la entidad pertinente para que proceda al pago del correspondiente subsidio por incapacidad laboral si se cumplen los requisitos para tal efecto