Dictamen 45068-2007
1.- Ud. ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando por sus licencias médicas N°s 20197100 y 20303831 y, extendidas, cada una de ellas, por un lapso de 21 días, a contar del 26 de enero y 16 de febrero de 2007, respectivamente.
2.- Requerida al efecto la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Santiago Centro, informó que las licencias médicas antes referidas fueron rechazadas por la Isapre, por estimarse prolongado el reposo prescrito, lo que fue confirmado por esa Subcomisión.
3.- Sometido el estudio del caso al Departamento Médico de esta Superintendencia, informó, luego de analizar la totalidad de los antecedentes disponibles, que el reposo prescrito en virtud de las licencias médicas singularizadas en el punto N° 1 del presente Oficio, no se encontraba médicamente justificado.
4.- En consecuencia y con el mérito de lo informado por su Departamento Médico, no resulta procedente acoger su reclamo, ratificándose, por ende, lo resuelto por la Subcomisión Santiago Centro