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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 42351-2007

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Fecha: 03 de julio de 2007

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia reclamando por el rechazo dado por la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Oriente a su licencia médica N°2-17772767, Tipo 4, emitida con fecha 29 de septiembre de 2006, por 11 días a contar del día 17 de septiembre del mismo año, tal rechazo se funda en la causal de presentación fuera de plazo al empleador.

Expone que este inconveniente obedeció a un error en la fecha de emisión de la licencia, por parte de la Consulta Médica, para lo cual adjunta certificado de la médico tratante en que explica lo sucedido.

Adjunta copia de licencia médica rechazada, carta a la Subcomisión y certificado médico extendido por la Dra

2.- Del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se desprende que la licencia médica N°2-17772767, extendida con el diagnóstico "Prematurez Ritaeg (33 semanas)" rechazada, según se indica en la sección B, por presentación fuera de vigencia.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia expresa que el artículo 11 del D.S. N°3, citado en fuentes, establece que los trabajadores dependientes del sector privado, como es su caso, disponen de un plazo de dos días hábiles contados desde el inicio del reposo para presentar la licencia médica ante su empleador.

Por su parte, el artículo 54 del mismo cuerpo reglamentario, faculta a las COMPIN o ISAPRE, según sea el caso, para rechazar la licencia, en caso de ser ésta presentada fuera del plazo reglamentario, salvo que tal omisión obedezca a la ocurrencia de un hecho constitutivo de caso fortuito o fuerza mayor y siempre que haya sido presentada al empleador dentro de su período de duración.

En la especie, la licencia médica rechazada señala como fecha de inicio de reposo el día domingo 17 de septiembre de 2006, por consiguiente, usted tenía plazo para presentarla a su empleador hasta el día 21 de septiembre de 2006, (18 y 19 días festivos). Consta en dicho documento, que se presentó al empleador el 29 de septiembre de 2006.


De conformidad a lo indicado en el certificado Médico de la Dra. de 21 de marzo de 2007 consta en cuaderno interno de registro "emisión de licencias" que hubo un error en el registro de inicio de licencia, fecha de emisión que correspondió una semana después, es decir, el 22 de septiembre de 2006 y no el día 29 de septiembre como lo indica la respectiva licencia. SIn embargo, al 22 de septiembre, como se señaló, ya había vencido el plazo reglamentario para presentar la licencia médica a su empleador.

4.- En mérito de lo anterior, se confirma la resolución adoptada por la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Oriente en orden a rechazar la licencia médica N°2-17772767