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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 18068-2007

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Fecha: 23 de marzo de 2007

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. N° 21695, de 3 de junio de 2004, de la Superintendencia de Seguridad Social


Una trabajadora ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando por su licencia médica tipo 4 (enfermedad grave del hijo menor de un año) N° 17546431, extendida por un lapso de 30 días a contar del 19 de noviembre de 2006, la que fue reducida por la ISAPRE en razón de haber cumplido el menor causante de la licencia más de un año de edad, resolución que fue ratificada por esa Subcomisión al desechar la reclamación interpuesta por la recurrente.

Expone que su hijo fue prematuro (24 semanas de edad gestacional), por lo que, desde la fecha de su nacimiento (2 de diciembre de 2005) al 2 de diciembre de 2006, se debe considerar que sólo tiene 8 meses de edad corregida y no un año de edad, motivo por el cual estima improcedente la reducción de su licencia médica a partir de esta última fecha.

Sobre el particular cumplo con manifestar que aún cuando resulta comprensible la situación que le afecta, producto del estado de salud de su hijo, no es legalmente posible acceder a su solicitud.

Ello, por cuanto el artículo 199 del Código del Trabajo, que establece en forma clara y precisa el derecho a permiso y subsidio en favor de las personas que indica para el cuidado de un menor de un año afectado de una enfermedad grave, no contempla la facultad de extender el referido derecho por sobre el primer año de vida de aquel.

En la especie y según consta en los antecedentes médicos remitidos, su hijo nació el 2 de diciembre de 2005, expirando, por ende, su derecho a gozar de licencia médica por enfermedad grave de éste el día 2 de diciembre del año 2006, fecha hasta la cual fue autorizada su licencia.

En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, esta Superintendencia confirma la resuelto por la respectiva Subcomisión, en orden a mantener el reducción de su licencia médica, decretada por la ISAPRE