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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 7673-2006

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Fecha: 14 de febrero de 2006

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la resolución de la COMPIN - Occidente que ratificó lo obrado por la ISAPRE, en cuanto rechazó su licencia médica N°15771510, otorgada por 30 días de reposo, a contar del 2 de junio de 2005, con diagnóstico de " Genitorragia en estudio y placenta previa " por incumplimiento de reposo.

Expresa que siempre cumplió el reposo en su domicilio y al momento de ser visitada, se encontraba en su casa y no escuchó nunca el llamado a la puerta, agrega además que en su casa siempre hay gente ya que en ella viven todos los miembros de su núcleo familiar incluida una hija menor de ocho años.

Acompaña fotocopia de la referida licencia médica.

2.- Requerida al efecto, la aludida COMPIN remitió los antecedentes que tuvo a la vista para rechazar la licencia médica por incumplimiento de reposo, acompaña documento denominado "Acta de visita Domiciliaria", en el que se señala que se efectuó la visita de control del reposo el día 8 de junio de 2005 a las 20:40 horas y llamando a viva voz varias veces, golpeando la reja externa de la vivienda, y llamando a su teléfono celular, y nadie abrió la puerta ni contestó el teléfono.

3.- Sobre el particular, cabe manifestar a Ud. que el artículo 55 letra a) del D.S. N°3, citado en fuentes, establece como causal de rechazo de una licencia médica el incumplimiento del reposo prescrito.

En la especie, no consta en su presentación, ni en los antecedentes que acompaña prueba alguna que acredite su afirmación en cuanto a que se encontraba usted en su casa el día de la visita domiciliaria, o bien que se encontraba imposibilitada de abrir la puerta ya que usted siempre afirmó que en su casa hay gente y que no vive sola.

4.- En consecuencia, y no obstante haberle solicitado antecedentes que justificaran su apelación, éstos no han permitido demostrar la exactitud de su aseveración, por lo que de acuerdo a lo expuesto, rechaza su reclamo y aprueba lo obrado por la COMPIN- Occidente Región Metropolitana