Dictamen 53517-2005
1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado , reclamando por cuanto esa Comisión rechazó su licencia médica emitida como tipo 5, por 12 días a contar de 09 de junio de 2005, con el diagnóstico de "Artrosis rodilla izquierda".
2.- Según consta al pie del documento, esa Comisión rechazó la licencia médica en cuestión por considerar el diagnóstico irrecuperable, considerando que, mediante Resolución N° 68/04, de 15 de julio de 2004, había dictaminado una incapacidad de 37.5% por secuela de accidente del trabajo, con diagnósticos de "Ruptura meniscal medial operada rodilla izquierda. Artrosis secundaria rodilla".
3.- Esta Superintendencia estudió los antecedentes, y con su mérito consideró justificado el reposo prescrito, por cuanto se acreditó incapacidad laboral temporal durante la licencia reclamada. En efecto, el cuadro presentado por el trabajador correspondió a una lesión reagudizada "Sinovitis de la rodilla", cuya sintomatología dolorosa fue superada con tratamiento y el reposo prescrito en la licencia cuestionada.
4.- En consecuencia y con el mérito de lo precedentemente expuesto, esta Superintendencia acoge la reclamación deducida e instruye a esa COMPIN a fin de que autorice la licencia médica individualizada en este Oficio