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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 27455-2005

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Fecha: 13 de junio de 2005

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: COMPIN ARICA I REGION

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado, reclamando en contra de lo resuelto por esa COMPIN que rechazó sus licencias médicas N°s.68 y 87, otorgadas cada una por 7 días a contar del 3 de mayo de 2004, por la causal de presentación fuera de plazo a la empleadora.

2.- Requerida al efecto, esa COMPIN informó que rechazó las licencias en cuestión por la causal de presentación fuera de plazo a la empleadora, contemplado en el artículo 11 del D.S. N°3, citado en la suma.

3.- Sobre el particular, y teniendo presente lo establecido en el artículo 11 del D.S. N°3, citado en fuentes, se instruye a esa COMPIN que proceda a verificar si efectivamente dentro del plazo de los 2 días hábiles contemplado en dicho artículo 11, contado desde las respectivas fechas de inicio de las licencias médicas N°s. 16 y 87, el interesado envió a través, de la Empresa Correos de Chile u otra entidad de transporte, las licencias aludidas desde Arica, donde desempeña su trabajo, a la ciudad de Antofagasta, II Región, en la cual su empleador tiene una oficina de recepción de las licencias médicas.

De este modo, en el evento, que el trabajador le acredite a la COMPIN mediante los comprobantes de Correos o de transportes correspondientes, que remitió las licencias a la ciudad de Antofagasta, dentro del mencionado plazo de los 2 días hábiles, esa Entidad deberá autorizar las licencias médicas en referencia, conforme a la reiterada jurisprudencia de esta Superintendencia que estima que cualquiera gestión útil respecto al envío de ellas, a la sede de las oficinas regionales constituídas, aunque lo fuere para otros fines, debe tenerse como recepción válida de los documentos en la oficina principal del empleador