Dictamen 32038-2003
1.- El Sr. ha reclamado a esta Superintendencia por cuanto esa COMPIN confirmó el rechazo de la ISAPRE de la licencia médica N° 10382336, emitida por 30 días a contar del 6 de enero de 2003, por el diagnóstico de "Enfisema Pulmonar Severo". La causa del rechazo fue "patología irrecuperable, sin trámite de invalidez, licencia médica no cumple rol terapéutico curativo".
2.- Requerida esa COMPIN, ha señalado que se trata de un trabajador de 74 años, con Enfisema Pulmonar Severo, patología irrecuperable, que debe ser cubierto por una pensión de invalidez, por lo que el paciente debe presentar una solicitud en tal sentido, por cuanto la dolencia que lo afecta lo incapacita en forma permanente y no en forma transitoria.
3.- Sobre la materia referida, esta Superintendencia debe señalar que para determinar la procedencia de las licencias médicas debe atenderse a la posibilidad que tiene el trabajador de reincorporarse a la vida laboral después de terminado el reposo, independientemente de si tiene o ha tenido solicitudes de declaración de invalidez, y aun cuando se le haya otorgado un porcentaje de invalidez que no le da derecho a pensión.
En la especie, este Organismo ha analizado los antecedentes médicos disponibles, concluyendo que se trata de un paciente con Enfisema pulmonar severo, pero con exámenes de la función respiratoria, (Gases arteriales, Espirometrías) en límites aceptables, incluso con respuesta satisfactoria a los broncodilatadores. Por tanto, a pesar del severo daño orgánico pulmonar, las pruebas de función respiratoria y de respuesta al tratamiento son satisfactorias, por lo que el Sr. podría volver a trabajar después del reposo de la licencia médica de que se trata.
En virtud de lo anteriormente expuesto, procede que esa COMPIN autorice la licencia médica de que se trata.