Dictamen 22242-2001
Ud. recurrió a esta Superintendencia reclamando en contra de la COMPIN del Servicio de Salud Metropolitano Sur, que le rechazó la licencia N° 2021330, ootrgada por 30 días a contar del 28 de febrero de 2001, por cuanto se otorgó por enfermedad grave de hijo menor de un año, lo que no corresponde porque su hijo es mayor a esa edad. Al respecto, expone que su hijo padece de una enfermedad grave que aún se encuentra en tratamiento, hecho que consta en los informes médicos que acompaña.
Requerida al efecto, la citada COMPIN informó que no correspondía autorizar la licencia de que se trata, por cuanto el menor tiene más de un año de edad.
Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que según certificado de nacimiento tenido a la vista el menor cuya enfermedad motivó la licencia de que se trata, cumplió un año el 3 de enero de 2001.
En consecuencia, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 199 del Código del Trabajo, a partir de esa fecha no corresponde otorgar licencias por enfermedad grave de hijo menor de un año, pues dicho beneficio sólo está contemplado para menores de esa edad.
Por lo expuesto, esta Superintendencia confirma lo obrado en su caso por la COMPIN del Servicio de Salud Metropolitano Sur