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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 18811-1997

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Fecha: 13 de noviembre de 1997

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO OCCIDENTE

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


Ha recurrido a esta Superintendencia un trabajador, reclamando en contra de la Resolución de esa Comisión, que le rechazó la licencia médica Nº 310224, extendida por 60 días de reposo a contar del 6 de mayo de 1997, con el diagnóstico de insuficiencia renal, hemodiálisis
Señala que por su afección debe someterse a hemodiálisis tres veces a la semana en el Hospital San Juan de Dios.
Requerida al efecto, esa Comisión ha informado que el recurrente desde hace 10 años permanece con licencia por la misma causa, por lo que se ha concluido que el paciente no ha tenido una evolución curativa de su patología crónica, habiendo recibido sólo un tratamiento paliativo.
Agrega, que está debidamente acreditado que la afección es irrecuperable y que el interesado no ha acreditado estar en un programa de trasplante.
En mérito de lo anterior, se le rechazó la licencia médica Nº 310224, por 60 días de reposo a contar del 6 de mayo de 1997.
El caso fue analizado por el Departamento Médico de esta Superintendencia, el que además del estudio de los antecedentes procedió a examinar personalmente al paciente el 1º de septiembre de 1997.
En esa ocasión, el interesado acompañó un Certificado de la Unidad de Nefrología del Hospital San Juan de Dios, en el que se señala que permanece en programa de hemodiálisis desde enero de 1987, que además es hipertenso con cardiopatía hipertensiva y portador de virus hepatitis C. y que se encuentra en programa de espera de trasplante renal donante cadáver.
Al respecto, el Departamento Médico de este Organismo señala que se considera que los pacientes portadores de insuficiencia renal crónica en plan de hemodiálisis, son recuperables, cuando no existen contraindicaciones para efectuar el trasplante. En la especie, se trata de un hombre de 48 años de edad, sin contraindicaciones, encontrándose a la espera de donante cadáver, por lo que tiene posibilidades de recuperación.
Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que en mérito de lo informado por su Departamento Médico, la afección del interesado es recuperable, por lo que corresponde que esa Comisión le autorice la licencia médica Nº 310224, por todo su período de duración, así como cualquiera otra que se le haya rechazado por la misma causa, dando cuenta de lo obrado a este Organismo