Dictamen 1100-1984
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Aquellos trabajadores que optan por suscribir un contrato con una ISAPRE para el otorgamiento de determinadas prestaciones de salud y que a la fecha de entrada en vigencia de éste se encuentran en goce de subsidio por incapacidad laboral, deben obtener tal prestación, desde esa misma fecha, de la respectiva Institución de Salud Previsional
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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31/03/1983 | Dictamen 1100-1983 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código Civil | |
27/03/1980 | Dictamen 1100-1980 | Asignación familiar | D.L. Nº. 307, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión |