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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 4330-1983

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Fecha: 01 de diciembre de 1983

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.S. N° 202, de 1981, del Ministerio de Salud


De acuerdo con las normas reglamentarias vigentes, toda licencia médica debidamente autorizada constituye un documento oficial que justifica la ausencia del trabajador a sus labores y le da derecho a percibir un subsidio por el período que corresponda.
Precisado lo anterior, cabe señalar que atendido que los derechos previsionales son irrenunciables, el Servicio de Salud Metropolitano Oriente debe visar la licencia médica del interesado por el período correspondiente, aún cuando en definitiva este no sobre el subsidio por razones particulares

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
29/12/1978Dictamen 4330-1978Asignación familiar D.L. Nº 307, de 1974; D. Nº 75, de 1974, Previsión