Dictamen 4035-1983
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De acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes, las Licencias Médicas deben presentarse al empleador dentro del plazo de dos o tres días hábiles, según se trate de empleados particulares o públicos, respectivamente, contados desde la fecha de iniciación de las mismas y, en caso de fuerza mayor, fuera de dicho plazo pero dentro del período de su vigencia.
Se hace presente, que los plazos a que se ha hecho mención deben ser cumplido, aún en el evento de juicio laboral pendiente ante los tribunales de justicia por despido injustificado