Dictamen 912-1980
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Se pronuncia en reclamo contra el SERMENA por haberse negado a visar una licencia médica por 30 días por haber sido presentada fuera de plazo y porque el interesado no concurrió a una citación a control que se le ordenara. La Superintendencia estima que el paciente sufre de una personalidad anormal, según el informe del médico tratante, cuyo diagnóstico hace que su responsabilidad sea muy discutible y limitada, habiendo existido, según consta en los antecedentes, circunstancias muy calificadas que le impidieron el cumplimiento de las normas del Decreto N° 1.127, de 1968 del Ministerio de Salud