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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1379-1979

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Fecha: 18 de mayo de 1979

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: CONFEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES METALÚRGICOS

Fuentes: Ley Nº 16.744


No puede calificarse como accidente del trabajo la lesión al tobillo sufrida por un trabajador mientras permanecía en reposo a causa de un esguince de la muñeca derecha que sí fue considerada accidente del trabajo, ya que no hay relación entre la lesión al tobillo y el desempeño laboral de la víctima, como lo exige el artículo 5º de ley Nº 16.744.

TítuloDetalle
Artículo 5Ley 16.744, artículo 5