Dictamen 2471-1978
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Los alumnos de la Academia de Idiomas y Estudios Profesionales no pueden ser invocados como causantes de asignación familiar en los términos previstos por el Art. 3 del DL 307, de 1974 porque ese plantel no está incluído entre los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, de acuerdo con la nómina enviada a esta Superintendencia por el Ministerio de Educación.
Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
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16/03/1992 | Dictamen 2471-1992 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18469; Ley Nº 16395; D.S. Nº 42, de 1986, del Ministerio de Salud; D.L. Nº 2763, de 1979 |