Decreto Supremo N° 33 de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Aprueba reglamento del artículo 29 del Decreto Ley Nº 1.819, que faculta a Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744 y demás instituciones que mantengan hospitales para solicitar extender atención médica que prestan en sus establecimientos.
27 de mayo de 1978
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